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La Justicia prorrogó la cautelar a favor de Telecom que frena un DNU de Alberto Fernández

El fallo supone un nuevo revés para el decreto presidencial que buscó establecer los servicios de telecomunicaciones como esenciales

La disputa entre el Gobierno y las compañías de telecomunicaciones por la regulación de los servicios sigue sin tener una resolución clara. Sin embargo, Telecom logró esta semana una novedad que la favorece, dado que la Justicia resolvió prorrogar por seis meses una medida cautelar que, en la práctica, deja a esta prestadora fuera del alcance del polémico Decreto de Necesidad y Urgencia 690 de Alberto Fernández.

Fue el juzgado Contencioso Administrativo Federal 8 el que falló a favor de la empresa del Grupo Clarín. “Informamos que, en el día de la fecha, la sociedad fue notificada de la resolución del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Número 8 que, en los autos ‘Telecom Argentina c/Enacom y otro s/medida cautelar (Autónoma)’ (Expte. 12.881/2020), resolvió prorrogar la vigencia de la medida cautelar oportunamente otorgada en las citadas actuaciones, por el plazo de 6 (seis) meses, conforme artículo 5 de la Ley 26.854”, destacó la empresa en una nota enviada a la CNV (Comisión Nacional de Valores).

A través del DNU 690, el presidente Alberto Fernández había declarado como servicios públicos esenciales a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), además del acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC. Además, le otorgó al Enacom (Ente Nacional de Telecomunicaciones) la potestad de regular las tarifas .

La norma del Gobierno fue pronto cuestionada en distintos tribunales por las distintas empresas prestadoras de servicios, con resultados varios, a favor y en contra del DNU. De esta forma, es esperable que, tarde o temprano, la cuestión escale hasta la Corte Suprema.

El DNU de Fernández tuvo fallos a favor y en contra. La cuestión podría llegar a la Corte.

Otro juzgado rechazó un reclamo de Telefónica

A principios de septiembre, la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal n° 5, María Alejandra Biotti, rechazó el pedido cautelar solicitado por las firmas Telefónica de Argentina S. A. y Telefónica Mó­viles Argentina S. A. El grupo español quería que se declarase nulo e inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 y de tres resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

En este caso, Telefónica pidió además la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley 26.122 de “régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de delegación legislativa y de promulgación parcial de leyes”.

La jueza Biotti indicó que en la demanda no se cumple con la acreditación de la existencia de un daño que pudiera producirse du­rante el transcurso de la causa que torne la decisión a tomar como de imposible cumplimiento, por lo que no considera cumplido el peligro en la demora.

En este sentido, la magistrada indicó que el asunto excede ostensiblemente el instituto cautelar, ya que las cuestiones planteadas (in­constitucionalidad y arbitrariedad) importarían necesariamente avanzar sobre la cuestión de fondo.

Asimismo, Biotti resaltó que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional que debe ser visto como ultima ratio del ordenamiento jurídico y que, además, debe recordarse la presunción de legitimidad de que gozan los actos administrativos y las leyes cuando fueron dictados de acuerdo con los mecanismos previstos en la Constitución Nacional.

Acera del trámite que sigue el DNU, la jueza informó que el mismo fue ratificado por la Comisión Bicameral Permanente y por el Honorable Senado de la Nación, quedando solamente pendiente que se expida la Honorable Cámara de Diputados, ya sea mediante su aprobación o rechazo.

Las tarifas de Internet son eje de la disputa entre empresas y Gobierno.

Pérdidas y desinversión: batalla entre el Gobierno y las telcos

Que la conectividad ya es el eje central de nuestras vidas es un hecho innegable. Que la Capital Federal y los grandes centros urbanos viven el tema del acceso a Internet de manera diferente que el interior del interior, también.

Desde el Gobierno consideran que la brecha digital que hay en Argentina es alarmante porque en algunos lugares, como Formosa o la Patagonia, la conectividad a Internet no llega al 30% o 40%.

Pero para las empresas de telecomunicaciones, la solución no es declarar a Internet como servicio público ya que sería un error que favorecerá la desinversión por lo que no se generaría la tan ansiada universalización del acceso como pretende el Gobierno.

Para el Enacom, este argumento es “falaz”: las empresas no pueden dejar de cumplir con sus obligaciones de inversión y además, dicen, no se frenan los desembolsos si el contexto macro-económico es favorable.

Con respecto a los aumentos de precios, el Gobierno asegura que las empresas pretendían y aplicaron un incremento para recuperar el 2020 en donde tuvieron tarifas congeladas, pero que lo que hay que discutir es el 2021 y dar por perdido el año de la cuarentena, “como están haciendo todas las paritarias de todos los sectores”.

No acceder a la red significa que las personas quedan excluidas del sistema educativo, de salud, del trabajo y economía del conocimiento.

Según explicó Gustavo López, vicepresidente del Enacom, a iProfesional, el gran objetivo es que las empresas no puedan aumentar si no justifican dicho incremento.

Además, que el ente regulador sea una mediación entre la empresa y el usuario, porque consideran que los clientes de las empresas telco están muy desprotegidos: “El usuario no tenía quien lo defienda”.

“El 690 pretende decir que Internet es un servicio público imprescindible y no se puede aumentar sin que la empresa justifique y sin autorización”, explica López.

La “justificación”, según el funcionario, tiene que ver con: costos, inversión y tasa de ganancia, costos directos, indirectos , situación económica general. Plan de inversión que hay que justificar con una tasa de ganancia razonable.

“No tenemos un parámetro que determine tasa de ganancia razonable, a nivel internacional tiene que ver con la tasa de retorno, pero acá las empresas nunca mostraron sus números”, explica López.

En cambio, Ariel Graizer, presidente de la Cámara de Internet Cabase, analizó ante iProfesional que si el precio es regulado traería muchos problemas para los ISPs, pequeños y medianos jugadores telco.

“No estamos de acuerdo en que sea público, no fuimos así licenciados, nos van a hacer competir fijandonos los precios de manera arbitraria. Esto generará mayor concentración y desaparición de pymes”, considera Graizer.

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